A los y las Militantes, Afiliadas, Colaboradoras y Simpatizantes de Morena
Al pueblo de Maravatío
Con base en la proclamación de la Declaración Universal de los Derechos de los Animales proclamada el 15 de octubre de 1978, Morena Maravatío exhorta a sus simpatizantes, afiliados, militantes y a la ciudadanía en general a practicar y fomentar la responsabilidad ante el cuidado de los animales, para en conjunto con la sociedad generar una propuesta en favor del cuidado animal.
Considerando que todo animal posee derechos y que el desconocimiento y desprecio de dichos derechos ha conducido y sigue conduciendo al humano a cometer crímenes contra la naturaleza y los animales. Proponemos desarrollar diversas actividades comunitarias que vayan desde el reclutamiento de animales abandonados hasta la reinserción de estos en nuevas familias.
Para llevar a cabo tal labor de reclutamiento y adopción de animales, proponemos crear dependencias que se encarguen de elaborar campañas de divulgación contra el abandono y el maltrato. Además de organizar los requisitos necesarios para la adopción de animales a ciudadanas y ciudadanos con responsabilidad animal.
Al mismo tiempo, en Morena Maravatío consideramos necesario difundir y fomentar la educación de la infancia, la juventud y la adultez al respeto del cuidado de los animales. En suma, y dado el panorama actual de violencia y descuido contra los animales consideramos necesaria la creación de un centro veterinario a nivel municipal.
El hospital veterinario de Maravatío que proponemos, deberá ser una pequeña instancia capaz de ofrecer servicios gratuitos a las mascotas de los miembros de nuestro municipio. Proponemos que el hospital veterinario se encargue de ofrecer servicios tales como la vacunación, desparasitación, esterilización y cuidado médicos que requieran los animales. Todo ello con el fin de contribuir al bienestar animal, y lograr la meta de Morena Maravatío de cero perros en la calle.
Nuestra propuesta va encaminada al reconocimiento de que los animales son conscientes y tienen capacidad de sufrir, y los seres humanos tenemos responsabilidades sociales sobre la vida digna de los animales. Recordando el inicio de la Declaración Universal de los Derechos de los Animales aprobada por la ONU: "Todos los animales nacen iguales ante la vida y tienen los mismos derechos a la existencia. El hombre, en tanto que especie animal, no puede atribuirse el derecho a exterminar a los otros animales o explotarlos violando su derecho”.
¡POR LA VICTORIA DE LA CUARTA TRANSFORMACIÓN EN MICHOACÁN!
¡POR LA TRANSFORMACIÓN DE MARAVATÍO!
Fundadores de Morena Maravatío
Anexos
Declaración Universal de los Derechos de los Animales proclamada el 15 de octubre de 1978.
Artículo No. 1
Todos los animales nacen iguales ante la vida y tienen los mismos derechos a la existencia.
Artículo No. 2
a) Todo animal tiene derecho al respeto.
b) El hombre, como especie animal, no puede atribuirse el derecho de exterminar a los otros animales o de explotarlos, violando ese derecho. Tiene la obligación de poner sus conocimientos al servicio de los animales.
c) Todos los animales tienen derecho a la atención, a los cuidados y a la protección del hombre.
Artículo No. 3
a) Ningún animal será sometido a malos tratos ni a actos crueles.
b) Si es necesaria la muerte de un animal, ésta debe ser instantánea, indolora y no generadora de angustia.
Artículo No. 4
a) Todo animal perteneciente a una especie salvaje tiene derecho a vivir libre en su propio ambiente natural, terrestre, aéreo o acuático y a reproducirse.
b) Toda privación de libertad, incluso aquella que tenga fines educativos, es contraria a este derecho.
Artículo No. 5
a) Todo animal perteneciente a una especie que viva tradicionalmente en el entorno del hombre tiene derecho a vivir y crecer al ritmo y en las condiciones de vida y de libertad que sean propias de su especie.
b) Toda modificación de dicho ritmo o dichas condiciones que fuera impuesta por el hombre con fines mercantiles es contraria a dicho derecho.
Artículo No. 6
a) Todo animal que el hombre haya escogido como compañero tiene derecho a que la duración de su vida sea conforme a su longevidad natural.
b) El abandono de un animal es un acto cruel y degradante.
Artículo No. 7
Todo animal de trabajo tiene derecho a una limitación razonable del tiempo e intensidad del trabajo, a una alimentación reparadora y al reposo.
Artículo No. 8
a) La experimentación animal que implique un sufrimiento físico o psicológico es incompatible con los derechos del animal, tanto si se trata de experimentos médicos, científicos, comerciales, como de otra forma de experimentación.
b) Las técnicas alternativas deben ser utilizadas y desarrolladas.
Artículo No. 9
Cuando un animal es criado para la alimentación debe ser nutrido, instalado y transportado, así como sacrificado, sin que ello resulte para él motivo de ansiedad o dolor.
Artículo No. 10
a) Ningún animal debe ser explotado para esparcimiento del hombre.
b) Las exhibiciones de animales y los espectáculos que se sirvan de animales son incompatibles con la dignidad del animal.
Artículo No. 11
Todo acto que implique la muerte de un animal sin necesidad es un biocidio, es decir, un crimen contra la vida.
Artículo No. 12
a) Todo acto que implique la muerte de un gran número de animales salvajes es un genocidio, es decir, un crimen contra la especie.
b) La contaminación y la destrucción del ambiente natural conducen al genocidio.
Artículo No. 13
a) Un animal muerto debe ser tratado con respeto.
b) Las escenas de violencia, en las cuales los animales son víctimas, deben ser prohibidas en el cine y en la televisión, salvo si ellas tienen como fin dar muestra de los atentados contra los derechos del animal.
Artículo No. 14
a) Los organismos de protección y salvaguarda de los animales deben ser representados a nivel gubernamental.
b) Los derechos del animal deben ser defendidos por la ley, como lo son los derechos del hombre.
Esta declaración fue adoptada por La Liga Internacional de los Derechos del Animal en 1977, que la proclamó al año siguiente. Posteriormente, fue aprobada por la Organización de Naciones Unidas (ONU) y por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO).
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